Segunda Oportunidad · Las Palmas
Ley de Segunda Oportunidad en Las Palmas
Si las deudas han crecido más que tus ingresos y ya no ves la salida, la ley prevé un procedimiento que, cuando se cumplen los requisitos, permite pedir al juez que deje de exigírtelas. Lo estudiamos contigo desde nuestra oficina en Las Palmas de Gran Canaria y atendemos a toda la provincia.
La viabilidad depende de las circunstancias de cada caso.
¿Te reconoces?
Cuando refinanciar ya no es la solución
Muchas de las personas que nos escriben desde la provincia llevan años intentando arreglarlo por su cuenta: alargando plazos, pidiendo un préstamo para pagar otro o recortando en lo básico. Estas son situaciones que vemos a menudo.
- Tienes un pequeño negocio de comercio o de hostelería y las deudas de los meses flojos se han ido sumando hasta ahogar los buenos.
- Trabajas por cuenta ajena, pagas varias tarjetas y préstamos a la vez y cada mes llegas más justo que el anterior.
- Te descuentan parte de la nómina o de la pensión por un embargo y, aun así, lo que debes apenas baja.
- Cerraste una empresa o un negocio, pero los avales que firmaste en su día siguen a tu nombre y te los reclaman.
- Perdiste el trabajo o te redujeron las horas y recurriste a microcréditos para llegar a fin de mes.
- Vives en Lanzarote o en Fuerteventura y no sabes a quién acudir sin tener que desplazarte.
Verte reflejado en alguna de estas situaciones no significa que puedas acogerte. Significa que merece la pena que alguien revise tu caso con calma.
Puede existir una vía
Qué puede resolver la Segunda Oportunidad
- Qué pretende resolver
- Es un procedimiento judicial, regulado en la ley concursal, para personas que no pueden hacer frente a sus deudas. Su objetivo es que el juez declare que las deudas que no has podido pagar dejan de serte exigibles. Puede tramitarse liquidando el patrimonio o, en determinados casos, mediante un plan de pagos.
- Quién puede llegar a utilizarlo
- Está pensado para personas físicas: tanto quien trabaja por cuenta ajena o está en paro como quien es autónomo o lo fue. Es necesario cumplir determinados requisitos que la ley establece, entre ellos el de ser considerado deudor de buena fe, y hay deudas que la ley trata de forma distinta o deja fuera.
- Por qué hay que estudiar cada caso
- No es un trámite automático ni sirve para cualquier situación. Que encaje en tu caso, y con qué modalidad, solo puede saberse revisando tus deudas, tus ingresos y tu patrimonio. Por eso empezamos por ahí, y no por una solicitud.
Comprobación orientativa
Comprueba si puedes acogerte
Son cuatro preguntas orientativas: cuánto debes, a quién, cuál es tu situación y qué bienes tienes a tu nombre. No sustituyen a una valoración jurídica, pero nos ayudan a saber por dónde empezar. Después, puedes venir a la oficina de Las Palmas de Gran Canaria con cita, llamarnos, escribirnos por WhatsApp o concertar una videollamada desde cualquier isla.
Tus deudas
Qué deudas entran en el estudio
Antes de plantearte nada, revisamos cada deuda por separado: quién es el acreedor, de dónde nace y si tiene alguna garantía. La ley no las trata a todas por igual.
- Préstamos y deudas con bancos y financieras
- Préstamos personales, descubiertos, refinanciaciones y créditos al consumo. Son las deudas más habituales en los expedientes que estudiamos y, en general, pueden incluirse en el procedimiento.
- Tarjetas y microcréditos
- Tarjetas de crédito, incluidas las revolving, y créditos rápidos. Además de valorarlas dentro del procedimiento, conviene revisar sus condiciones: en algunos casos hay elementos que justifican estudiarlas por separado.
- Proveedores, alquileres y suministros
- Facturas impagadas a proveedores, rentas atrasadas de un local o una vivienda, luz, agua o telefonía. También las que quedaron de un negocio que ya cerró, si están a tu nombre.
- Deudas con Hacienda, Seguridad Social y administraciones canarias
- Incluye la Agencia Tributaria estatal, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria Canaria, por ejemplo por el IGIC. El tratamiento de la deuda pública tiene reglas específicas y debe analizarse según el tipo de crédito y las circunstancias del expediente.
- Alimentos, indemnizaciones y deudas con garantía
- Las pensiones de alimentos, las indemnizaciones por daños a personas o derivadas de un delito y las deudas garantizadas con un bien, como una hipoteca, tienen un régimen propio. Qué ocurre con cada una en tu caso es de lo primero que analizamos.
Vivienda, coche y nómina
Vivienda, coche y nómina: qué se tiene en cuenta
Es la pregunta que más nos hacen, y la que menos se puede responder de antemano. Tener una vivienda o un coche no descarta esta vía por sí solo, pero tampoco te garantiza conservarlos. Lo que ocurra depende de estos factores, que estudiamos con datos reales.
Depende, entre otras cosas, de:
- Qué patrimonio tienes: vivienda habitual, otros inmuebles, vehículos, ahorros o participaciones.
- Qué cargas pesan sobre esos bienes: hipotecas, embargos anotados o reservas de dominio.
- Cuánto valen hoy en el mercado, no cuánto costaron ni cuánto debes por ellos.
- Cuánto debes en total y a quién, incluida la parte con garantía y la parte sin ella.
- Qué capacidad económica real tienes cada mes, una vez cubiertos los gastos básicos.
- Cómo se estructura el expediente: con liquidación o con plan de pagos, y qué implica cada opción.
- Qué solución jurídica resulta aplicable a tu situación concreta, que no siempre es la Segunda Oportunidad.
No podemos decirte si conservarás tu casa, tu coche o parte de tu nómina hasta haber revisado todo esto. Lo que sí podemos es explicarte, antes de que decidas, qué escenarios son posibles en tu caso.
Cómo se aplica la ley
Por qué seguimos de cerca cómo resuelven los juzgados.
La ley es la misma en toda España, pero su aplicación no es estática. Los criterios cambian con la jurisprudencia, y hasta que el Tribunal Supremo unifica doctrina puede haber respuestas distintas según el tribunal.
La deuda pública es el caso más claro: las sentencias del Supremo de febrero de 2026 modificaron lo que se venía asumiendo y abrieron el análisis a deudas con administraciones autonómicas y locales.
Los asuntos de quienes viven en la provincia se tramitan, por regla general, ante los juzgados que corresponden a su domicilio. Trabajar desde aquí nos permite seguir de cerca cómo se están resolviendo.
Por eso el planteamiento del expediente no es un trámite: influye en lo que se puede pedir y en cómo se justifica.
Desde donde estés
Segunda Oportunidad en Las Palmas, con oficina en la ciudad
Si prefieres tratar tu situación en persona, nuestra oficina está en la Calle Don Bernardino Correa Viera, 1A, 1ª planta, 35002 Las Palmas de Gran Canaria. Te atendemos con cita previa, para que el tiempo que dediques a la reunión sea útil y salgas sabiendo qué viene después.
Atendemos a toda la provincia. Desde Lanzarote y Fuerteventura, el trabajo se hace por videollamada, teléfono y correo electrónico, con el mismo equipo y el mismo criterio que en la oficina. Si tu expediente requiriese presencia física en tu isla, concretamos contigo un desplazamiento.
Cuando el asunto llega a los juzgados, el procedimiento se tramita, por regla general, ante el juzgado que corresponde a tu domicilio. Que nuestra oficina esté en Las Palmas de Gran Canaria no cambia ese criterio ni te obliga a moverte de donde vives.
Tener al equipo cerca sirve para lo práctico: recoger la documentación en mano si no sabes cómo enviarla, hacer una reunión de arranque sin intermediarios o que te expliquen la propuesta cara a cara antes de firmar nada. El estudio jurídico es el mismo se haga donde se haga.
Calle Don Bernardino Correa Viera, 1A, 1ª planta, 35002 Las Palmas de Gran Canaria. +34 684 742 105 · WhatsAppCómo funciona
Así trabajamos contigo, paso a paso
- 01
Cuéntanos tu situación
Por el cuestionario, por teléfono, por WhatsApp o en la oficina. Necesitamos una idea aproximada de cuánto debes, a quién y con qué ingresos cuentas.
- 02
Revisamos si la vía puede encajar
Un profesional del equipo mira tus respuestas y la documentación que tengas a mano. Si vemos elementos que justifican estudiar la Segunda Oportunidad, seguimos; si hay otra opción más adecuada, te lo decimos.
- 03
Te explicamos opciones, costes y documentación
Recibes por escrito qué proponemos, qué incluye, cuánto cuesta y qué papeles hacen falta. Con calma y sin compromiso.
- 04
Si contratas, preparamos el expediente
Reunimos y ordenamos la documentación, revisamos cada deuda y preparamos la solicitud con la modalidad que mejor se ajuste a tu caso.
- 05
Cuando está listo y concurren los requisitos, actuamos
Presentamos el expediente ante el juzgado que corresponda. No lo demoramos por cuestiones de cobro: si está preparado y se cumplen los requisitos, se presenta.
- 06
Te mantenemos informado del avance
Sabrás en qué fase está tu expediente, qué se ha hecho y qué toca ahora. Por el canal que prefieras, también en persona si vienes a la oficina.
Cuándo empezamos a actuar
NIVELA presenta desde el primer momento.
El fraccionamiento de los honorarios no debería convertirse en una espera innecesaria.
Cuando tu expediente está preparado y concurren los requisitos para actuar, en NIVELA el fraccionamiento de honorarios no se utiliza para retrasar artificialmente la presentación hasta haber cobrado un porcentaje elevado.
Cuánto cuesta
Sabrás el coste antes de contratar.
- Tras revisar tu situación, te explicaremos con claridad los honorarios y, cuando proceda, las opciones de fraccionamiento.
- La primera valoración orientativa no tiene coste.
- El precio y el alcance del encargo te llegan por escrito antes de decidir: qué incluye, qué queda fuera y cómo se paga.
Quién interviene
Quién interviene en tu expediente
Queremos que sepas desde el principio quién hace qué. Tu caso no lo lleva un sistema automático ni un gestor anónimo.
- NIVELA
- Es la marca con la que Memory Pulse, S.L., titular de este sitio y responsable de tus datos, ordena y coordina el servicio: recoge tu consulta, organiza la documentación y te mantiene al día del expediente.
- Los profesionales jurídicos
- Los abogados que revisan y dirigen tu asunto. El encargo se formaliza por escrito con un despacho de abogados, con un profesional colegiado responsable del caso; puede firmarlo el propio despacho o NIVELA en su nombre, por encargo de este. Sabrás quién dirige tu asunto antes de contratar.
- Terceros, cuando corresponda
- En algunas fases intervienen otros profesionales, como un procurador ante el juzgado. Te lo explicaremos cuando llegue el momento y sabrás qué papel tiene cada uno.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarnos
¿Puedo ir a vuestra oficina en Las Palmas?
Sí, con cita previa. Está en la Calle Don Bernardino Correa Viera, 1A, 1ª planta, 35002 Las Palmas de Gran Canaria. Llámanos o escríbenos por WhatsApp al +34 684 742 105 y buscamos un hueco.
¿Atendéis en Lanzarote y Fuerteventura?
Sí. En esas islas trabajamos por videollamada, teléfono y correo electrónico, con el mismo equipo que en la oficina. Si tu expediente requiriese presencia física, concretamos contigo un desplazamiento.
¿Cómo sé si puedo acogerme?
Solo revisando tu caso. La ley exige cumplir determinados requisitos y trata algunas deudas de forma distinta, así que no podemos decírtelo con una llamada. Empieza por las preguntas orientativas y, con lo que nos cuentes, te diremos si hay elementos que justifican estudiar esta vía.
¿Qué pasa con mi vivienda?
Depende. La ley contempla una modalidad con plan de pagos que, en determinados supuestos, permite conservar la vivienda habitual. Influyen su valor actual, lo que queda de hipoteca y si puedes seguir pagando las cuotas. No podemos asegurarte de antemano que la conservarás.
¿Y con el coche?
Se estudia como el resto del patrimonio: cuánto vale, si tiene alguna carga y para qué lo usas. No es lo mismo un vehículo de uso personal que el que necesitas para trabajar. Qué ocurre con él depende de la modalidad que se siga y de tu situación.
¿Puedo acogerme si soy autónomo?
Sí. El procedimiento está previsto para personas físicas, sean o no empresarias. Si avalaste con tu nombre deudas de una sociedad, esa deuda es tuya y puede estudiarse dentro del mismo expediente.
¿Qué documentación necesitaré?
Para empezar, lo que tengas a mano: contratos, extractos, cartas de reclamación, notificaciones del juzgado, nóminas o declaraciones de la renta. Si te falta algo, te decimos cómo pedirlo. Puedes enviárnoslo de forma digital o traerlo a la oficina.
¿Cuánto cuesta?
Tras revisar tu situación, recibirás por escrito los honorarios y el alcance del encargo, y sabrás si procede fraccionarlos. Decides con la propuesta delante, no después.
¿Cuándo empieza NIVELA a actuar?
Cuando tu expediente está preparado y concurren los requisitos jurídicos y procesales para presentarlo. El fraccionamiento de los honorarios no se usa para retrasar la presentación.
¿Cuánto puede tardar?
No podemos darte un plazo. Depende del juzgado, de la modalidad que se siga y de lo completa que esté la documentación. Lo que sí sabrás en todo momento es en qué fase estás y qué viene después.