Segunda Oportunidad · Tenerife
Ley de Segunda Oportunidad en Tenerife
Si tus deudas han dejado de ser asumibles, la ley prevé un procedimiento para pedir al juez que deje de exigirte lo que no puedes pagar, siempre que se cumplan los requisitos. Estudiamos tu caso desde cualquier punto de la isla, sin que tengas que desplazarte.
La viabilidad depende de las circunstancias de cada caso.
¿Te reconoces?
Cuando el mes se organiza alrededor de las deudas
Las personas que nos consultan no suelen tener una sola deuda, sino varias que se han ido sumando. Llega un momento en que ya no se trata de apretarse el cinturón: las cuentas no salen. Estas son situaciones habituales.
- Trabajas por tu cuenta o tienes un pequeño negocio y las deudas se acumulan mientras la actividad ya no da para cubrirlas.
- Trabajas por cuenta ajena, pero entre préstamos y tarjetas la nómina se va casi entera en cuotas.
- Has encadenado microcréditos y tarjetas para llegar a fin de mes y ahora las cuotas se pisan unas a otras.
- Te han embargado la nómina o la cuenta, o has recibido una demanda y no sabes cómo responder.
- Avalaste con tu nombre un negocio que ya cerró y ahora los acreedores te reclaman a ti.
- Debes dinero a varios acreedores a la vez y, aunque quieras, no puedes atenderlos a todos.
Verte en alguna de estas situaciones no significa que puedas acogerte al procedimiento ni que tus deudas vayan a exonerarse. Significa que merece la pena revisarlo con alguien que sepa qué mirar.
Puede existir una vía
Qué puede resolver la Segunda Oportunidad
- Qué pretende resolver
- Es un procedimiento judicial, regulado en la ley concursal, que permite a una persona que no puede pagar sus deudas pedir que dejen de serle exigibles. Si el juez lo concede, los acreedores afectados ya no pueden reclamarlas. Hay dos modalidades, con liquidación de bienes o con plan de pagos, y cuál conviene depende de lo que tienes y de lo que debes.
- Quién puede llegar a utilizarlo
- Está pensado para personas físicas: particulares, autónomos y quienes respondieron con su propio nombre por deudas de un negocio. No es un procedimiento para sociedades.
- Por qué hay que estudiar cada caso
- La ley exige requisitos, entre ellos que el deudor sea de buena fe, y hay deudas que trata de forma distinta. Por eso no es posible saber si encaja sin revisar tus deudas, tus ingresos, tus bienes y tu historial. Que exista la vía no significa que sea la adecuada para ti.
Comprobación orientativa
Comprueba si puedes acogerte
Responde a unas preguntas sobre tus deudas, tus ingresos y tu situación. Con esa información, un profesional revisa si hay elementos que justifican estudiar esta vía. En este primer paso no necesitas enviar documentación.
Tus deudas
Cada deuda tiene su tratamiento
El procedimiento no trata todas las deudas por igual: importa quién es el acreedor, de dónde nace la deuda y si hay una garantía detrás. Estas son las categorías que más se repiten. Cuáles entran en tu caso solo puede decirse con los contratos delante.
- Deuda financiera
- Préstamos personales, préstamos al consumo, descubiertos en cuenta y créditos de entidades financieras. Suelen ser el grueso del expediente y, en general, pueden incluirse en el procedimiento.
- Tarjetas y microcréditos
- Tarjetas de crédito, incluidas las revolving, y microcréditos de prestamistas rápidos. Además de poder incluirse en el procedimiento, sus condiciones pueden merecer una revisión aparte.
- Proveedores y otros acreedores privados
- Facturas de proveedores, alquileres de local o de vivienda, suministros y deudas que quedaron de un negocio cerrado. En general, pueden incluirse.
- Deuda pública
- Deudas con Hacienda, con la Seguridad Social o con otras administraciones, incluidas las canarias. Durante años se dio por hecho que apenas podían tocarse. El Tribunal Supremo precisó en febrero de 2026 que el límite legal se aplica a cada acreedor público por separado, que los recargos y los intereses de demora quedan fuera de ese límite y que el criterio alcanza también a administraciones autonómicas y locales. No desaparece toda la deuda pública: hay que ver qué debes, a quién y en qué concepto.
- Otras deudas con reglas propias
- Pensiones de alimentos, indemnizaciones por daños a personas o derivadas de un delito, y deudas con garantía sobre un bien, como una hipoteca. La ley las trata de forma distinta y conviene identificarlas desde el principio.
Vivienda, coche y nómina
Vivienda, coche y nómina: qué pesa en el estudio
Es lo que más preocupa, y la respuesta honesta es que depende. La ley prevé una modalidad con plan de pagos que, en determinados supuestos, permite conservar la vivienda habitual. Que sea posible en tu caso se decide con datos, no con suposiciones. Estos son los factores que revisamos.
Depende, entre otras cosas, de:
- Patrimonio: qué bienes tienes a tu nombre, incluidos los que compartes con tu pareja.
- Cargas: hipotecas, embargos u otras cargas que pesen sobre esos bienes.
- Valor: cuánto vale hoy cada bien frente a lo que se debe por él.
- Deuda: cuánto debes en total, a quién y de qué tipo.
- Capacidad económica: tus ingresos actuales y lo que realmente puedes destinar a pagar.
- Estructura del expediente: cómo se ordenan tus deudas y tus bienes dentro del procedimiento.
- Solución jurídica aplicable: la modalidad que encaja con tu situación, con o sin liquidación.
No prometemos que conservarás tu vivienda, tu coche o tu nómina íntegra. Te diremos qué opciones existen con tus datos reales delante, antes de que decidas nada.
Cómo se aplica la ley
La ley es estatal; su aplicación, no siempre uniforme.
La Segunda Oportunidad se regula en una ley estatal, pero los criterios judiciales evolucionan y, hasta que el Tribunal Supremo fija doctrina, un mismo asunto puede resolverse de forma distinta según el tribunal.
El cambio más reciente afecta a la deuda pública: las sentencias del Supremo de febrero de 2026 revisaron el criterio anterior y lo extendieron a administraciones autonómicas y locales.
Tu asunto se tramita, por regla general, ante el juzgado que corresponde a tu domicilio, esté donde esté en la isla. Que nuestra oficina no esté en Tenerife no cambia ese criterio.
Lo que sí cambia las cosas es cómo se prepara el expediente: qué se pide, con qué documentación y con qué fundamento.
Desde donde estés
Segunda Oportunidad en Tenerife, sin desplazamientos
Atendemos a personas de toda la isla por videollamada, teléfono y correo. La documentación se envía en formato digital y el equipo que revisa tu caso es el mismo que atiende cualquier otro expediente, con el mismo proceso. Puedes escribirnos por WhatsApp o llamar al +34 684 742 105.
No tenemos oficina en Tenerife: la única oficina de NIVELA está en Las Palmas de Gran Canaria. El procedimiento no exige que el despacho esté en tu isla, y la mayor parte del trabajo se hace con documentación y comunicación a distancia. Si tu expediente requiere una reunión o una gestión presencial, se concreta un desplazamiento.
Por regla general, el procedimiento se tramita ante el juzgado que corresponde a tu domicilio. Vivas donde vivas dentro de la isla, eso no cambia cómo te atendemos ni quién lleva tu caso.
Si prefieres una reunión presencial, la oficina de Las Palmas de Gran Canaria está disponible con cita previa. Lo mismo vale para La Palma, La Gomera y El Hierro: atención a distancia con el mismo equipo y desplazamiento a concretar si el expediente lo requiere.
Calle Don Bernardino Correa Viera, 1A, 1ª planta, 35002 Las Palmas de Gran Canaria. +34 684 742 105 · WhatsAppCómo funciona
Qué ocurre desde que nos escribes
- 01
Cuéntanos tu situación
Por el cuestionario, por WhatsApp o por teléfono. Nos basta con una idea aproximada de cuánto debes, a quién y con qué ingresos cuentas.
- 02
Revisamos si la vía puede encajar
Un profesional revisa tus respuestas y valora si hay elementos que justifican estudiar la Segunda Oportunidad o si conviene mirar otra vía.
- 03
Te explicamos opciones, costes y documentación
Por videollamada o teléfono te contamos qué proponemos, qué incluye, cuánto cuesta y qué documentos necesitaremos. Lo tendrás por escrito antes de decidir.
- 04
Si contratas, preparamos el expediente
Recopilamos y ordenamos la documentación, que puedes enviarnos en formato digital, y damos forma jurídica a tu situación.
- 05
Cuando está listo y concurren los requisitos, actuamos
Con el expediente completo y los requisitos legales y procesales cumplidos, se presenta. El fraccionamiento de honorarios no lo retrasa.
- 06
Te mantenemos informado del avance
Sabrás en qué fase está tu caso, qué viene después y qué necesitamos de ti, sin tener que perseguir a nadie.
Cuándo empezamos a actuar
NIVELA presenta desde el primer momento.
El fraccionamiento de los honorarios no debería convertirse en una espera innecesaria.
Cuando tu expediente está preparado y concurren los requisitos para actuar, en NIVELA el fraccionamiento de honorarios no se utiliza para retrasar artificialmente la presentación hasta haber cobrado un porcentaje elevado.
Cuánto cuesta
Sabrás el coste antes de contratar.
- Tras revisar tu situación, te explicaremos con claridad los honorarios y, cuando proceda, las opciones de fraccionamiento.
- La primera valoración orientativa no tiene coste.
- El precio y el alcance del encargo se entregan por escrito antes de que decidas. Sin sorpresas a mitad de camino.
Quién interviene
Quién interviene en tu caso
Queremos que sepas desde el principio quién hace qué. Estos son los tres papeles que intervienen cuando confías tu caso a NIVELA.
- NIVELA
- NIVELA es una marca de Memory Pulse, S.L., titular del sitio y responsable de tus datos. Ordena la información, coordina el proceso y es tu punto de contacto. No presta por sí misma servicios jurídicos.
- Los profesionales jurídicos
- Los abogados que revisan y dirigen tu asunto. El encargo se formaliza por escrito con un despacho de abogados, con un profesional colegiado responsable del caso; puede firmarlo el propio despacho o NIVELA en su nombre, por encargo de este. Sabrás quién dirige tu asunto antes de contratar.
- Terceros, cuando corresponda
- Si el procedimiento lo requiere, intervienen otros profesionales, como un procurador. Te lo explicaremos antes, junto con el coste que suponga.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarnos
¿Tenéis oficina en Tenerife?
No. La única oficina de NIVELA está en Las Palmas de Gran Canaria. A las personas de Tenerife las atendemos por videollamada, teléfono y correo, con envío digital de la documentación. El procedimiento no exige que el despacho esté en tu isla.
Si tu expediente requiere una reunión o una gestión presencial, se concreta un desplazamiento. Y si prefieres vernos en persona, puedes pedir cita en la oficina.
¿Puedo hacerlo todo por videollamada, sin desplazarme?
La relación con NIVELA, sí: primera conversación, revisión de tu situación, explicación de opciones y costes, envío de documentación y seguimiento del caso. Todo puede hacerse a distancia.
Dentro del procedimiento judicial puede haber momentos que requieran tu intervención. Si llega el caso, te lo explicaremos con antelación.
¿Cómo sé si puedo acogerme?
No hay forma de saberlo sin revisar tu caso. La ley exige requisitos, entre ellos que el deudor sea de buena fe, y trata algunas deudas de forma distinta. El primer paso es contarnos tu situación: con eso, un profesional valora si hay elementos que justifican estudiar esta vía.
¿Qué pasa con mi vivienda?
Depende. La ley prevé una modalidad con plan de pagos que, en determinados supuestos, permite conservar la vivienda habitual. Influyen el valor del inmueble, la hipoteca pendiente, tus ingresos y el resto de deudas.
No podemos decirte de antemano si la conservarás. Lo estudiamos con tus datos reales antes de proponerte nada.
¿Y con el coche?
Tener coche no descarta esta vía. Lo que ocurra con él depende de su valor, de si está financiado, de si lo necesitas para trabajar y de la modalidad que se siga. Es uno de los puntos que revisamos con tus datos antes de plantearte opciones.
¿Puedo acogerme si soy autónomo o tengo un pequeño negocio?
La ley está pensada para personas físicas, sean o no empresarios. Si trabajas por tu cuenta, o si avalaste con tu nombre las deudas de un negocio, esas deudas están a tu nombre y pueden estudiarse dentro del mismo procedimiento. Si tienes deuda con Hacienda o la Seguridad Social, conviene decirlo desde el principio.
¿Qué documentación necesitaré?
En el primer contacto, ninguna. Cuando el caso avance, te pediremos una lista concreta: documentos de identidad, contratos y extractos de tus deudas, reclamaciones o notificaciones recibidas, justificantes de ingresos y de bienes. Todo puede enviarse en formato digital.
¿Cuánto cuesta?
La primera valoración orientativa no tiene coste. Si tras revisar tu situación te proponemos seguir adelante, recibirás por escrito qué incluye el encargo y cuánto cuesta antes de contratar, junto con las opciones de fraccionamiento cuando proceda.
¿Cuándo empieza NIVELA a actuar?
Cuando el expediente está preparado y concurren los requisitos jurídicos y procesales para presentarlo. El fraccionamiento de los honorarios no se utiliza para retrasar la presentación.
¿Cuánto puede tardar?
No podemos darte un plazo. Depende del juzgado, de la modalidad que se siga y de lo completa que esté la documentación. Lo que sí sabrás en cada momento es en qué fase está tu caso y qué viene después.